Art. 12..(3)..las motocicletas, los vehículos de tres ruedas y los ciclomotores, podrán arrastrar un remolque o semiremolque, siempre que no superen el 50 por 100 de la masa en vacío del vehículo tractor y no transporten personas...
Vaya tela, y yo que quería uno para transportar a la suegra.


